16 de octubre de 2009

RESUMEN DE LA REUNION MANTENIDA EN LAE EL 14 DE OCTUBRE DE 2009


Los puntos que se pretenden modificar son los siguientes:

1º.- Se pretende modificar el régimen jurídico de los titulares de los puntos de venta de la red básica, que dejen de regirse por el derecho administrativo y pasen a regirse por el derecho privado, y que las controversias se solventen en la jurisdicción ordinaria y no en la jurisdicción contencioso-administrativa.

2º.- Los titulares de los puntos de venta de la red básica podrán ser personas físicas o personas jurídicas (sociedades mercantiles).

3º.- La transmisión de la titularidad será libre, aunque tendrán que cumplir los nuevos adjudicatarios los requisitos que fije LAE (no tener antecedentes penales, no estar incurso en concurso o quiebra, etc.)

4º.- La incorporación no será mediante concurso, sino por un sistema donde impere la publicidad y la libre concurrencia, y eligiendo nuevas zonas de desarrollo.

5º.- Se mantendrá el carácter vitalicio de las actuales titulares, pero los nuevos titulares tendrán un contrato con una duración de 25 años.

6º.- A los puntos de venta de la red comercial se les posibilitará la venta por internet, a través de su propia pagina web, que se redireccionará a la página de LAE y se estudiará la compensación económica a percibir.

7º.- Se estudiará la autorización de utilización de tarjetas de prepago, de recargo u otros sistemas.

8º.- Se pretende regular la venta en los bares y los vendedores ambulantes, que denomina LAE establecimientos auxiliares. Aunque, se tendrá que compatibilizar su regulación con la futura Ley del Juego.

9º.- La Lotería Nacional se comercializará por el terminal, y lo podrán comercializar tanto por los puntos de venta de la red básica como de la red complementaria.

Los actuales titulares de la Red Básica conservarán la venta de los billetes de Lotería Nacional, y recibirán cada año, el 120% de la consignación del año anterior.

No se ampliará la consignación actual.
10º.- Se mantendrán las dos redes existentes: básica y complementaria. La red complementaria sólo podrá vender por terminal.

11º.- No se pretende una macrored.

12º.- Se va a mantener el actual sistema de distancias entre establecimientos (50 metros, u 30 metros en caso de plazas), y se regulará asimismo la distancia fijada en los últimos concursos de 150 metros en función de las zonas.

13º.- Se va a estudiar autorizar las tarjetas de crédito, sin coste.

14º.- Se va a crear una Comisión Asesora y Consultiva de carácter comercial, en la que se cuente con la experiencia y criterio de los puntos de venta de la red para una comercialización más efectiva de los juegos.

15º.- Se va a ampliar el límite actual para el pago de premio, y la fijación de un mínimo, a partir del cuál será voluntario para el punto de venta abonar premios hasta un máximo autorizado.

16º.- La gestión comercial será la misma para los que permanezcan como concesión, como los que cambien al nuevo modelo.

17º.- Se van a ir fijando reuniones de trabajo para el desarrollo de los distintos puntos, empezando por la que afecte al contenido del contrato mercantil, que se preve que se fijará en el mes de noviembre, y en las mesas de trabajo podrán participar representaciones de las asociaciones que lo deseen.

Mª Concepción Aporta Estévez
Asesora Jurídica